fuente: El Universal ► En lo general y en lo particular, esta noche el Senado de la República aprobó despenalizar el consumo personal de la marihuana, así como sus usos industrial y para la investigación científica.
A pesar de este avance, la despenalización todavía no es un hecho puesto aún es necesario que el dictamen aprobado en el Senado, como cámara de origen, sea avalado en la Cámara de Diputados.
Luego de su aprobación en esta primera instancia, el Senado enviará la minuta correspondiente a los Diputados, donde Morena tiene mayoría, quienes deberán pasarla como está o, en su defecto, rechazarla o hacerle modificaciones.
En cualquiera de estos últimos dos escenarios, la minuta regresaría al Senado para hacerle nuevas modificaciones y aprobarla definitivamente.
En este tenor, con 82 votos a favor, 18 en contra y 7 abstenciones, el Senado de la República aprobó el dictamen para despenalizar el uso lúdico o adulto de la marihuana. Esto quiere decir que a partir del 15 de diciembre, si pasa en la Cámara de Diputados, las personas podrán cargar hasta 28 gramos de la yerba, es decir una cajetilla de 28 cigarrillos, y tener de 6 a 8 plantas de marihuana en sus casas, sin terminar en la cárcel.
“Queda permitido a personas mayores de dieciocho años consumir cannabis psicoactivo”, señala el documento que finalmente pasó ayer, en una discusión que se extendió por más de cinco horas.
En términos sencillos, el dictamen que se aprobó esta tarde amplía de 5 a 28 gramos la posesión para autoconsumo, es decir despenalizada y que no amerita sanción; de entre 28 y 200 gramos, se convierte en posesión simple y amerita sanciones administrativas o multas; de 201 gramos a 28 kilos, se le considera posesión para narcomenudeo y de 28 kilos en adelante, se considerará narcotráfico.
“Hasta 28 gramos ya no habrá sanción penal. Es muy importante que la gente sepa que la posesión simple es tener conmigo el producto para mi consumo, si lo tengo conmigo y lo vendo es sancionado”, explicó Miguel Ángel Mancera (PRD), quien votó a favor del dictamen.
Dado que ya existe un ordenamiento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que mandató al Congreso de la Unión para legislar sobre la materia antes del 15 de diciembre, la aplicación de la despenalización de la marihuana será inmediata, lo que quiere decir que las autoridades de las entidades tendrán que actualizarse y que los policías no podrán multar, detener o sancionar a una persona que sea detenida en posesión de hasta 28 gramos de marihuana.
Las penas previstas no se aplicarán a personas responsables de menores de edad, que no puedan comprender su conducta o no tengan la capacidad de resistir al agente, cuando esto sea con motivo de la protección de la salud.
Se prohibe consumir marihuana en establecimientos comerciales con acceso público, en escuelas públicas y privadas e instalaciones gubernamentales, y en todos los lugares donde también se prohiba el consumo de tabaco; habrá sanciones a quienes consuman en lugares abiertos a donde puedan acceder niños y adolescentes, inclusive si son espacios abiertos.